Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS): qué es, requisitos, cuantías y cómo solicitar el cheque
Cuando una persona mayor empieza a necesitar apoyo para su día a día, muchas familias se encuentran ante una situación compleja: cómo acceder a los recursos asistenciales adecuados y cómo afrontar su coste. En este contexto, la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) se convierte en una ayuda clave para personas con dependencia. En este artículo te explicamos qué es la PEVS, quién puede solicitarla, qué cuantía tiene y cómo tramitarla.
Qué es la Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEV o PEVS)
La Prestación Económica Vinculada al Servicio (PEVS) es una ayuda económica prevista dentro de la Ley de la Dependencia , destinada a contribuir al pago de un servicio asistencial privado, como una residencia, un centro de día o un servicio de atención domiciliaria.
El objetivo es facilitar el acceso de personas dependientes a los recursos asistenciales que necesitan cuando no existe disponibilidad de plazas públicas o concertadas.
La PEVS se otorga una vez valorada la situación de dependencia y definido el recurso más adecuado al Plan Individual de Atención (PIA) , no hay plazas públicas disponibles y la familia opta por un servicio privado por no tener que esperar.
Cuánto se cobra con la Prestación Económica Vinculada al Servicio
El importe de la PEVS varía según diferentes factores, principalmente el grado de dependencia y la situación económica de la persona beneficiaria .
Cuantía de la PEV según el grado de dependencia
Cuanto mayor es el grado, más intensivo es el apoyo requerido, y en consecuencia, mayor es la prestación.
- Grado I (dependencia moderada) : importe más reducido, pensado para personas que necesitan apoyo parcial o necesidades puntuales. Por ejemplo, por una persona que vive sola, pero necesita unas horas de soporte semanal para la gestión del hogar o la movilidad fuera de casa.
- Grado II (dependencia severa) : cuantía intermedia para cubrir servicios más intensivos. Aquí hablamos de personas que necesitan ayuda diaria para diversas actividades básicas de la vida diaria como vestirse o comer, y que podrían necesitar un centro de día, un servicio domiciliario diario o una residencia.
- Grado III (gran dependencia) : importe más elevado, ya que la persona necesita apoyo continuo y supervisión permanente, a lo largo del día y la noche.
Por ejemplo, personas con deterioro cognitivo avanzado o con gran limitación física que requieren una atención integral en una residencia asistida.
Cuantía máxima y mínima de la ayuda
La administración fija unos importes máximos para cada tipo de servicio y grado de dependencia, pero su cuantía final puede variar según la capacidad económica de la persona.
- Residencia asistida: la PEVS se otorga habitualmente en grados II y III. El importe máximo es de hasta 1.238,73 € mensuales , y el mínimo es de 250 € para el grado III y 200 € para el grado II . El importe concreto dependerá de la situación económica de la persona y del coste del centro.
- Centro de día: importe máximo de 448,35€ mensuales (igual para todos los grados) e importe mínimo entre 100€ y 200€ mensuales , según el grado de dependencia.
- Servicio de Atención Domiciliaria (SAD): la cuantía depende del grado de dependencia y del número de horas de servicio, con importes que oscilan entre 100 € y 597,80 € mensuales .
Cómo se calcula la prestación según ingresos
La PEVS no es una cantidad fija para todos. El importe final depende del grado de dependencia, la capacidad económica de la persona y la unidad familiar, y el coste del servicio necesario según el Plan Individual de Atención (PIA).
Para hacerse una idea de la cuantía que podría percibirse, se puede utilizar la Calculadora de copago oficial del Departamento de Derechos Sociales e Inclusión (sólo para Cataluña).
Quien puede solicitar la Prestación Económica Vinculada al Servicio: requisitos
Requisitos para acceder a la PEV
Para poder solicitar esta prestación es necesario:
- Tener reconocida una situación de dependencia (en este artículo te explicamos cómo tramitar la Ley de la Dependencia paso a paso y los requisitos que deben cumplirse).
- Tener asignado un servicio compatible con la PEVS en el PIAI (Servicio de Atención domiciliaria, Centro de Día o Residencia asistida).
- Contratar un servicio privado con una empresa acreditada por la Generalidad de Cataluña.
Todas las residencias y centros de día del grupo Mutuam, así como Mutuam en Casa, nuestro servicio de atención domiciliaria son servicios acreditados por la Generalitat. Por tanto, se puede acceder al PEV con ellas.
Qué grado de dependencia es necesario
La PEVS puede concederse a personas de grado I, II o III , aunque es más habitual en grados II y III , cuando las necesidades asistenciales son más elevadas.
Cómo solicitar la Prestación Económica Vinculada al Servicio paso a paso
El proceso se puede resumir en las siguientes fases:
- Solicitar la valoración de dependencia
- Reconocimiento de la situación de dependencia y el grado : un equipo profesional evalúa la situación de la persona y después de un tiempo, se recibe la resolución oficial por carta.
- Elaboración del Plan Individual de Atención (PIA) : si se determina que la persona se dependiendo, el siguiente paso es la elaboración del PIA con el trabajador/a social, que determinará cuál es el recurso más adecuado.
- Solicitud del cheque servicio : si NO hay plaza pública disponible en el recurso necesario y hay urgencia, se puede pedir la PEVS vinculada a un servicio privado.
Qué servicios se pueden pagar con la PEV
La prestación está pensada para financiar servicios asistenciales privados y acreditados , tales como:
- Residencias para personas mayores
- Centros de día
- Servicio de Atención Domiciliaria (SAD), como Mutuam en casa .
En el caso de las residencias públicas, hay que tener en cuenta que tienen siempre largas listas de espera . Por eso, si la situación es urgente, será necesario un centro privado.
En el caso del SAD , el acceso al servicio público suele ser más ágil, pero la ayuda proporcionada por el mismo servicio suele ser poco flexible en cuanto a horarios y días. Si el servicio no se adapta a sus necesidades, puede ser una buena idea optar por la aportación económica del PEV y busar un recurso privado que se adapte.
Recuerda que es imprescindible para acceder a la PEV que la empresa que da el servicio esté acreditada por la Generalitat de Catalunya , como lo está nuestro servicio Mutuam en casa.
Diferencia entre la PEV y otras ayudas de la Ley de dependencia
Prestación económica para cuidados familiares (PECEF) : Es una ayuda destinada a personas cuidadoras no profesionales, generalmente familiares.
Prestación de asistencia personal : Pensada para contratar a un asistente personal que favorezca la autonomía de la persona dependiente.
Servicios públicos o concertados : En estos casos, no se recibe una ayuda económica directa, sino que se accede a un servicio financiado parcial o totalmente por la administración.
Cuando se concede la Prestación Económica Vinculada al Servicio
La PEVS se otorga principalmente en estas situaciones:
- Carece de plazas públicas o concertadas
- Necesidad de acceder a servicios privados acreditados
- Cuando el servicio contratado se ajusta a lo que establece el PIAI
Esto significa que la prestación siempre está vinculada a un servicio realmente contratado.
¿Cuánto tarda en concederse la PEV
El tiempo de resolución puede variar, pero habitualmente incluye:
- Tiempo de tramitación del expediente
- Proceso de valoración de la dependencia
- Aprobación del PIAI
- Concesión de la ayuda
En la práctica, puede alargarse varios meses, y en algunos casos superar al año, dependiendo de la saturación de los servicios sociales del municipio.
Problemas habituales al solicitar la PEV
A pesar de ser una ayuda muy útil, a menudo se presentan dificultades como:
- Retrasos administrativos
- Listas de espera largas
- Cuantías insuficientes para cubrir el coste real del servicio
- Contratación de servicios no acreditados por la Generalidad de Cataluña.
Por eso, es recomendable planificar con tiempo y asesorarse adecuadamente.
Preguntas frecuentes sobre la Prestación Económica Vinculada al Servicio
¿La PEV cubre todo el coste de una residencia?
No. La prestación es un soporte económico parcial, y la familia debe asumir la diferencia.
¿Se puede cobrar la PEV en una residencia privada?
Sí, siempre que sea un centro acreditado por la administración.
¿Se puede compatibilizar con otras ayudas?
Depende del caso y del tipo de ayuda, pero en general existen limitaciones e incompatibilidades.
¿Puede perderse la prestación?
Sí, por ejemplo, si se dejan de cumplir los requisitos o se deja de utilizar el servicio vinculado.
Si estás valorando una residencia, un centro de día o un servicio de ayuda a domicilio por un familiar, contar con orientación profesional puede marcar la diferencia en un proceso que, a menudo, es emocional y administrativamente exigente.
Si tienes dudas, contacta con nuestro Servicio de Orientación Social , una atención de calidad y gratuita sobre atención a las personas mayores o dependientes.
o envíanos un correo electrónico a silvia.aguerri@mutuam.com

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